1. Las presentes Condiciones Generales se aplican a todas las relaciones jurídicas, tales como acuerdos, ofertas o presupuestos, entre Unique Equine Supplement SL, (en lo sucesivo, "UES") por una parte, y una persona física o jurídica (en lo sucesivo, "cliente") por otra, para el suministro de bienes o la prestación de servicios. Estas condiciones también podrán ser invocadas por empleados de UES, por terceros contratados por UES o por empresas matrices, hermanas o filiales afiliadas a UES. Las condiciones generales de los clientes no son aceptadas por UES.
2. Las ofertas de UES no serán vinculantes, salvo que se indique lo contrario por escrito. 3. Los acuerdos se celebrarán mediante confirmación por parte de UES por correo electrónico o postal o mediante el inicio de la entrega o ejecución efectiva por parte de UES.
3. En caso de entrega por cuenta de UES, la mercancía entregada será por cuenta y riesgo del comprador desde el momento de la descarga. Los plazos de entrega indicados o acordados nunca se considerarán plazos, salvo que se acuerde expresamente lo contrario. UES tendrá derecho a realizar la entrega por partes.
4. a). El comprador deberá examinar el artículo de forma exhaustiva y competente en el momento de la entrega. b). Los defectos visibles deberán comunicarse a UES por escrito, indicando los motivos, en un plazo de siete días a partir de la entrega o de la prestación del servicio. Los defectos no visibles deberán comunicarse a UES por escrito, indicando los motivos, en un plazo de siete días a partir del momento en que el comprador debería haberlos descubierto, pero a más tardar seis meses después de la entrega o de la prestación del servicio. c). Si los defectos no se comunican a tiempo y por escrito, caducarán los derechos del comprador respecto a los bienes o servicios. d). No se considerarán defectos las desviaciones y diferencias de los bienes entregados que se encuentren dentro de una tolerancia de producción o peso razonable de acuerdo con la práctica comercial o que sean típicas de los productos naturales según la opinión común. e). No se permite la devolución de artículos entregados que no presenten defectos en el momento de la entrega.
5. El pago a UES se efectuará a más tardar antes o en la fecha de vencimiento indicada en la factura, sin compensación, descuento y/o suspensión, mediante ingreso en el número de cuenta bancaria especificado por UES. Si el importe total no se abona en la fecha de vencimiento, el Cliente incurrirá en mora de pleno derecho sin necesidad de nuevo aviso de mora. A partir de ese momento, el comprador adeudará los intereses comerciales legales sobre la suma principal y estará obligado a reembolsar todos los gastos extrajudiciales y judiciales ocasionados por el cobro.
6. UES se reserva la propiedad de los bienes entregados por ella. Si una factura de UES relativa a bienes entregados o servicios prestados no se paga a tiempo o UES tiene una reclamación contra la otra parte por incumplimiento de un acuerdo o UES tiene motivos fundados para temer que el comprador no cumplirá, UES estará autorizada a reclamar los bienes que ha entregado como de su propiedad. Se prohíbe al Cliente transferir, enajenar o gravar las mercancías fuera de su control real mientras no se haya transferido la propiedad al Cliente, salvo en el caso del desarrollo normal de su actividad. El Cliente acepta de antemano la compensación de su(s) crédito(s) frente a UES con el(los) crédito(s) que una sociedad matriz, hermana o filial asociada a UES tenga frente al Cliente. El Cliente no podrá ceder a terceros sus créditos frente a UES bajo ningún concepto. Dichas reclamaciones son expresamente intransferibles. Esta cláusula tiene efectos patrimoniales en el sentido del artículo 83(2) del Libro 3 del Código Civil.
7. Si el Cliente incumple alguna de sus obligaciones en virtud del Contrato o no lo hace de forma adecuada o a tiempo, y en caso de (solicitud de) quiebra, suspensión de pagos, colocación en suspensión de pagos, cierre o liquidación de la empresa del Cliente, UES tendrá derecho, sin obligación alguna de pagar daños y perjuicios y sin perjuicio de sus demás derechos, a rescindir el Contrato en su totalidad o en parte, o a suspender la ejecución ulterior del Contrato. En tales casos, UES tendrá derecho a exigir el pago inmediato del crédito pendiente.
8. Si, debido a circunstancias ajenas a su voluntad y/o culpa, UES no puede ejecutar un acuerdo, o no puede ejecutarlo a tiempo o correctamente, este se considerará fuerza mayor para UES. En tal caso, UES no será responsable de los daños causados por la falta de cumplimiento, de cumplimiento a tiempo o de cumplimiento la correcta ejecución del acuerdo. Por fuerza mayor se entenderá en cualquier caso (i) la no entrega a tiempo de proveedores de UES, (ii) la defectuosidad de bienes, equipos, programas informáticos o materiales de terceros utilizados por UES, (iii) medidas gubernamentales, (iv) cortes de electricidad, (v) guerra, (vi) ocupación, (vii) huelga laboral, (viii) problemas generales de transporte, (ix) brote de de una enfermedad (animal), (x) la indisponibilidad de uno o varios miembros del personal del SEU por cualquier motivo.
9. En caso de que se produzcan daños en relación con la ejecución de un acuerdo celebrado con UES, se aplicará lo siguiente:
a). UES no será responsable si el daño es consecuencia de (1) una mercancía entregada que no haya sido sometida a ningún proceso de transformación o que haya sido producida por prescripción del comprador (2) un acto gubernamental obligatorio, (3) servicios y/o asesoramiento no facturados, (4) datos incorrectos y/o incompletos facilitados por el comprador y/o (5) el uso de mercancías o servicios contrarios a la normativa y/o al asesoramiento prestado por UES. b). Si el daño ha sido causado por un bien defectuoso entregado por UES o por un servicio o asesoramiento defectuoso facturado por UES, la responsabilidad de UES se limitará al daño directo y como máximo al valor de factura del bien o servicio o asesoramiento en cuestión, no obstante, con un máximo de 45.000 euros. c). Por daño directo se entiende el daño que es resultado inmediato y exclusivo del uso del bien suministrado de acuerdo con su naturaleza y finalidad, por lo que no incluye el lucro cesante, la pérdida de ahorros, los daños debidos al estancamiento del negocio y otros daños consecuentes.
10. Todos los derechos de acción de los clientes contra UES expirarán un año después de que haya surgido el derecho de acción, a menos que la reclamación o reclamaciones se hayan presentado ante el tribunal competente dentro de ese plazo.
11. Los registros de UES servirán como prueba plena, salvo prueba en contrario por parte del Cliente.
12. UES y el Cliente tratarán los datos personales obtenidos de forma adecuada y cuidadosa, de conformidad con los requisitos legales del Reglamento General de Protección de Datos. UES actuará de conformidad con la declaración de privacidad que puede consultarse en el sitio web. El Cliente indemnizará a UES por cualquier sanción administrativa impuesta a UES en el contexto del tratamiento llevado a cabo por UES en la ejecución del acuerdo.
13. Todos los acuerdos con UES se regirán por la legislación neerlandesa. Queda excluida la aplicación de las disposiciones de la Convención de Viena sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
Estas disposiciones se aplicarán a partir del 15 de septiembre de 2024.